Padre español madre extranjera

Jus matrimonii

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. Así lo establece el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por España en 1977. Se trata del acuerdo con mayor nivel de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. La nacionalidad es un atributo de los seres humanos. Sin embargo, los Estados son soberanos para regular las formas de adquirir o perder la nacionalidad. Por esta razón, es posible que un niño o una niña nazca sin nacionalidad, si nace en un país que no concede la nacionalidad por simple nacimiento, y los padres son de un país que no concede la nacionalidad automáticamente por sangre (ius sanguinis).

El artículo 1.1 de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 (“Convención de 1954”) estableció la definición internacional de apátrida como cualquier persona: “que no sea considerada como nacional por ningún Estado en virtud de su legislación”.

Ahora, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), ratificada por España en 1990, establece que un niño no debe quedar en situación de apátrida durante un largo período. Es decir, todo niño debe adquirir la nacionalidad al nacer o tan pronto como sea posible después del nacimiento. En este sentido, la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961 (“Convención de 1961”), en su artículo 1, concede a los niños que de otro modo serían apátridas el derecho a adquirir la nacionalidad de su país de nacimiento.

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Constitución española

Hay muchos beneficios asociados a ella. No sólo facilita y agiliza las cosas, sino que también puede hacerlo a nivel emocional. Tener la doble nacionalidad en España es algo que pueden buscar los extranjeros, y en este artículo vas a conocer todo sobre ello. Vamos a ver una lista completa de los países que pueden obtenerla, cuáles son sus principales beneficios, y qué hacer si ya se posee la doble nacionalidad de dos países diferentes pero se quiere obtener la española.

No obstante, existe una excepción: aquellos individuos procedentes de países iberoamericanos (antiguas colonias españolas), Guinea Ecuatorial, Filipinas y Portugal pueden mantener tanto su nacionalidad de origen como la española.

Pasado ese tiempo, y siempre que haya permanecido de forma continuada en el país, puede iniciar la solicitud. Una vez aceptada tu solicitud, y antes de la jura de bandera, tendrás que renunciar a tu anterior pasaporte.

Porque si eres de ciertos países, como los latinoamericanos, podrías beneficiarte de una reducción en los años requeridos para obtener la nacionalidad en España, e iniciar tu solicitud sólo después de dos años en el país (en lugar de 10).

Ciudadanía española por matrimonio

La nacionalidad española por descendencia o ascendencia está abierta a un amplio abanico de nacionales, incluso a aquellos que no tienen sangre española real. Esto se extiende a los nacionales de los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. España no acepta la doble nacionalidad, pero los nacionales de esos países no tendrán que renunciar a la suya. Los estadounidenses tampoco pueden perder la nacionalidad a través de este proceso.

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La ciudadanía española es una de las más valiosas del mundo. Permite viajar sin visado a Estados Unidos y Australia y vivir en cualquier lugar de la Unión Europea. Si tiene antepasados españoles, podría optar a la nacionalidad española por descendencia y evitar el elevado coste de la nacionalidad por inversión. Los servicios de Golden Capitalist le brindan la oportunidad de obtener la nacionalidad española por ascendencia.

La naturalización a la ciudadanía española normalmente requiere 10 años de residencia continua y la renuncia a sus otras ciudadanías. Con la corriente de la Ciudadanía Española por Ascendencia, puede solicitar la naturalización después de sólo 1 o 2 años de residencia en España. Recientemente, las autoridades españolas han flexibilizado los requisitos de presencia física para quienes solicitan la nacionalidad por ascendencia. Sólo se requiere que no pases más de 3 meses seguidos fuera de España (lo que significa que puedes viajar de un lado a otro cada 3 meses y pasar sólo un puñado de días en España al año, si así lo deseas).

Ciudadanía mexicana

El derecho de la nacionalidad española se refiere a todas las leyes de España relativas a la nacionalidad. El artículo 11 del Título Primero de la Constitución Española se refiere a la nacionalidad española y establece que una ley propia regulará su adquisición y pérdida[1] Esta ley propia es el Código Civil español. La nacionalidad española se adquiere, en general, por el principio de ius sanguinis (ascendencia), con una disposición adicional limitada para su adquisición por ius soli (lugar de nacimiento).

Tradicionalmente, las consideraciones sobre la nacionalidad española habían sido reguladas (sucesivamente) por artículos constitucionales: el artículo 5º de la Constitución de Cádiz de 1812, el artículo 1º de la Constitución de 1837, el artículo 1º de la Constitución de 1845, el artículo 2º de la Constitución no promulgada de 1856, el artículo 1º de la Constitución de 1869 y el artículo 1º de la Constitución de 1876[2].

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El texto original del Código Civil de 1889 fue modificado parcial o totalmente por los artículos 23º y 24º de la Constitución de 1931 (que abrió una vía para explorar acuerdos de doble nacionalidad con países iberoamericanos), y las leyes de 1954, 1975, 1982, 1990 y 2002[4].