Codigo 052 modelo 790

Formulario 720-052

Cuando una persona está en proceso de renovación de su periodo de residencia en España, y por alguna razón tiene que viajar a su país de origen, a veces puede necesitar solicitar una autorización de retorno, para poder salir y volver a España.

Para solicitar una autorización de regreso, usted (o un representante autorizado) deberá acudir a un Registro Público, oficina de extranjería o comisaría de policía de la provincia en la que resida. Si su solicitud es aceptada, deberá pagar una tasa de 10,30 euros en los próximos 10 días naturales, antes de que se expida la autorización. Necesitará el modelo 790 Código 052 si lo solicita a través de una oficina de extranjería, o el modelo 790 Código 012 si lo hace en una comisaría de policía.

Sin embargo, si se le ha prohibido salir de España, o tiene limitados sus derechos de libre circulación, por estar inmerso en un procedimiento judicial o en un proceso de extradición, no podrá obtener la autorización de regreso.

Formulario 052

En un post similar he compartido mi experiencia pagando mi tasa a través de un cajero de Bankia, pero a partir de 2021 los pasos pueden no ser aplicables, porque Bankia se ha fusionado con CaixaBank. Por suerte, los antiguos cajeros de Bankia, ahora bajo Caixa, tienen instrucciones de cómo realizar el pago.

Intenté pagar mi tasa de prórroga de estancia a través de un cajero de Bankia-Caixa, pero recibí un mensaje de error, diciendo “Lamentamos no poder atenderle en estos momentos”. Esto ocurrió después de probar en cinco (sí, cinco) cajeros y de ir a dos sucursales diferentes.

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No todos los cajeros son iguales. Algunos sólo sirven para depositar y retirar dinero en efectivo, mientras que otros pueden utilizarse para transacciones sin contacto y para el pago de facturas. Normalmente, estos cajeros son más grandes y tienen un “lector” donde se puede escanear el código de barras de la tasa.

El justificante es el código de 13 dígitos que está encima del código de barras. Cuando introduzcas el justificante, asegúrate de incluir el 790 al principio del código. A continuación, junto al NIF/CIF/otros, introduzca su NIE.

Una vez que haga clic en Continuar en la página anterior, le dirigirá a la siguiente página donde podrá revisar los detalles que introdujo. Asegúrate de comprobar el importe, el justificante y el NIE. No te preocupes si no tienes tu nombre completo en los datos. Hablé con un gestor de la Caixa y me dijo que mientras el NIE esté ahí, todo está bien. Si necesitas cambiar algo, elige “Corregir”.

Impreso 790 código 052 cumplido

¿Está a punto de presentar su solicitud de permiso de residencia en España? Entonces, ¡sigue leyendo! En este artículo encontrarás los enlaces para descargar y pagar todas las tasas de inmigración necesarias. Además, también conocerás cómo funciona exactamente el proceso y cuáles son sus costes.

Si vas a presentar tu expediente de inmigración en España, ya sea para una solicitud inicial o para la renovación de tu permiso de residencia, deberás pagar una tasa asociada a ese trámite.Es muy sencillo.  Además de presentar el resto de documentos de su expediente (como el padrón, la acreditación de recursos económicos suficientes, el pasaporte, etc.), deberá acreditar que ha abonado correctamente la tasa correspondiente, por lo que no debe esperar al requerimiento de la oficina de extranjería para formalizar el pago: debe hacerlo previamente, antes de presentar su solicitud. Este será uno de los pasos necesarios a la hora de preparar toda la documentación requerida.Si sigues las pautas que veremos a continuación, tras realizar el pago obtendrás automáticamente un recibo, que es el documento que debes incluir con el resto.Sin duda, se trata de un proceso muy fácil y sencillo, pero en este post te daremos todos los detalles para que no tengas que preocuparte por nada.  ¿Tienes alguna duda? Pregunta cualquier cosa a nuestros abogados de inmigración y obtén una respuesta al instante:

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Formulario 790-052 en inglés

Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia: Es una autorización de residencia temporal y trabajo para que un extranjero no residente en España pueda realizar una actividad lucrativa por cuenta propia.

Instrucción DGI / SGRJ / 05/2007, sobre la incorporación, a los expedientes de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, de determinados informes que tendrán la consideración de medios de prueba del cumplimiento de determinados requisitos normativos, sin perjuicio de cualquier otra prueba admitida en derecho.

REQUISITOS No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que se aplique el régimen de ciudadano de la Unión. No encontrarse de forma irregular en territorio español. Carecer de antecedentes penales en España y en sus anteriores países de residencia por delitos existentes en la legislación española. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España haya suscrito un acuerdo al respecto. No estar, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al regresar voluntariamente a su país de origen. Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada. Poseer la titulación profesional requerida o la experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en el caso de la asociación cuando se requiera. Poder acreditar la suficiencia de la inversión prevista y la repercusión, en su caso, en la creación de empleo. Poder acreditar que dispone de recursos económicos suficientes para su mantenimiento y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.