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2. La renta inicial máxima por metro cuadrado de las viviendas de protección oficial a que se refiere el apartado anterior será el porcentaje del precio máximo de venta que corresponda de acuerdo con la normativa estatal o autonómica aplicable.
3. No se aplicará ninguna revisión de los alquileres de las viviendas de protección oficial salvo acuerdo expreso de las partes. 4. En caso de acuerdo expreso entre las partes sobre algún mecanismo de revisión de valores monetarios que no detalle el índice o la metodología de referencia, la renta se revisará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.
5. Sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedan, serán nulas las cláusulas y estipulaciones que establezcan rentas superiores a las máximas autorizadas en la normativa aplicable para las viviendas protegidas.
8. El arrendamiento de viviendas de protección oficial se regirá por las normas específicas de ésta en cuanto al plazo de duración del contrato, las variaciones de la renta, los límites de repercusión de las cantidades para la reparación de daños y mejoras, y las disposiciones relativas al derecho de cesión y subrogación en la renta, y en lo no regulado por las de la presente ley, que se aplicarán íntegramente cuando el arrendamiento deje de estar sujeto a dichas disposiciones específicas.
Contratos de alquiler en España
Raymond ejerce la abogacía desde 2003. Tras completar su doble titulación en Derecho y Dirección de Empresas en Madrid (ICADE), pasó a trabajar en prestigiosos despachos de abogados españoles e ingleses en España. También tiene experiencia internacional, habiendo trabajado durante varios años en el Reino Unido para una importante multinacional británica.
Aprovechando los amplios conocimientos y la experiencia adquirida, creó su propio despacho en Marbella. Asesora principalmente a clientes domiciliados en el Reino Unido y en otros países. Sus principales áreas de especialización son la transmisión de inmuebles y la fiscalidad de los no residentes.
El abogado Raymond Nesbitt nos da una visión general de la ley de alquileres urbanos en España (o LAU como se conoce en español) que se aplica en todo el país. Esta ley regula los contratos de arrendamiento de larga duración, entre otros tipos de alquiler. Póngase en contacto con nuestro bufete de abogados para revisar su contrato de arrendamiento por una tarifa muy competitiva.
Larrain Nesbitt Abogados, con sede en Marbella, cuenta con más de 16 años de experiencia en materia de fiscalidad y de transmisión de inmuebles a su servicio. Nuestro equipo de abogados y economistas nativos de habla inglesa tiene una larga trayectoria asistiendo con éxito a expatriados en toda España. Puede revisar aquí los testimonios de nuestros clientes.
Nuevas leyes de alquiler vacacional en España 2019
Si estás buscando un alquiler en Barcelona, debes saber que este tipo de alojamiento está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta Ley cambia cada cierto tiempo, y por eso es importante mantenerte actualizado.
Esta ley afecta a todo lo relacionado con los alquileres, protegiendo tanto al propietario como al inquilino, y lo hace desde 1964. La ley ha sido actualizada en 1995, 2013 y 2019. La última actualización tuvo lugar en 2021.
En primer lugar, la ley cubre las propiedades urbanas que se alquilan para vivir, como casas o apartamentos, pero la ley también se aplica a las plazas de aparcamiento, los almacenes o cualquier otro espacio dentro de una propiedad.
Siempre existe un contrato de alquiler, que define la cesión del inmueble a cambio de una determinada cantidad de dinero (alquiler). Este contrato se celebra entre dos partes: una entrega el inmueble y la otra paga por el uso del mismo.
La ley también regula otras funciones además de la prevista inicialmente, independientemente de la duración del contrato, y estas funciones son: actividades profesionales, recreativas y educativas.
Leyes de alquiler de Lanzarote 2019
PresentaciónEn Bélgica, todos los alojamientos se alquilan sobre la base de un contrato de alquiler escrito y firmado (también denominado contrato de alquiler o de arrendamiento). Tenga en cuenta que su firma en un contrato de alquiler significa que acepta todas sus cláusulas.
A raíz de la sexta reforma del Estado, la ley especial del 6 de enero de 2014 otorga a las regiones la competencia para determinar la normativa de los contratos de alquiler, que podría apartarse del derecho común (este último sigue siendo competencia del gobierno federal). Las normas que rigen las cuestiones de los contratos de alquiler varían según la región en la que se encuentre el alojamiento y el tipo de contrato de alquiler que se firme. En la Región de Bruselas-Capital, las normas relativas a los contratos de alquiler están contenidas principalmente en el Código de la Vivienda de Bruselas (Code bruxellois du logement). Se aplica tanto a los contratos de alquiler en curso como a los acordados después del 1 de enero de 2018.
En caso de litigio, es el juez de paz del distrito judicial en el que se encuentra el inmueble el encargado de resolver. Por lo tanto, es aconsejable redactar un contrato de alquiler en francés o neerlandés.