Articulo 28 codigo penal

Código Penal de Alemania

Artículo 28. Responsabilidad de los mandos y otros superiores. En virtud de esta disposición, los mandos militares son responsables penalmente de los delitos cometidos por las fuerzas armadas bajo su mando y control efectivos, como la violación y cualquier tipo de violencia sexual utilizada en la guerra. Esto se aplica a los casos en los que el superior sabía o debería haber sabido de dichos delitos, o no tomó todas las medidas necesarias y razonables para evitar su comisión. Los delitos cometidos por las fuerzas armadas deben ser el resultado de que el comandante no haya ejercido un control adecuado sobre ellas. Además, debe haber pruebas, más allá de toda duda razonable, de que el comandante es responsable y de que los delitos fueron lo suficientemente generalizados como para que sea evidente que se produjeron durante la ejecución ordinaria de la acción militar de la que el comandante es responsable. El objetivo de esta disposición es alentar a los comandantes y superiores a prevenir eficazmente la comisión de delitos por parte de sus fuerzas.

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Ley : 法(ほう)[いわゆる法典] / Código Civil; Código Penal; Código de Comercio; Código de Procedimiento Civil; Código de Procedimiento Penal, 法律(ほうりつ)[いわゆる法典]Ley. se aplicará : しなければならない(しなければならない), するものとする(するものとする)se aplicará : 出願する(しゅつがんする), 申請する(しんせいする), 適用する(てきようする), 申し立てる(もうしたてる)a quien : 当該(とうがい)que cometer un delito : 罪(つみ), 犯罪(はんざい)delito dentro del : 当該(とうがい)territorio de Japón : 本邦(ほんぽう)Japón.

(2) Lo mismo se aplicará : しall apply : 出願する(しゅつがんする), 申請する(しんせいする), 適用する(てきようする), 申し立てる(もうしたてる)apply to anyone (2) El “japonés : 本邦の(ほんぽうの)buque japonés que comete un delito : 罪(つみ), 犯罪(はんざい), 罪名(ざいめい)delito a bordo : 委員会(いいんかい)comete un japonés : 本邦の(ほんぽうの)buque japonés (2) El buque o : 又は(または), 若しくは(もしくは) / A, B, o C, D o Eo avión fuera del : 当該(とうがい)territorio de Japón : 本邦(ほんぽう)Japón .

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Artículo 2 Este Código : 法(ほう)[いわゆる法典] / Código Civil; Código Penal; Código de Comercio; Código de Procedimiento Civil; Código de Procedimiento Penal, 法律(ほうりつ)[いわゆる法典]Código se aplicará : しなければならない(しなければならない), するものとする(するものとする)se aplicará : 出願する(しゅつがんする), 申請する(しんせいする), 適用する(てきようする), 申し立てる(もうしたてる)a quien : 当該(とうがい)que cometer : 犯す(おかす)comete uno de los : 当該(とうがい)el siguiente : 付和随行(ふわずいこう)delito : 罪(つみ), 罪名(ざいめい)delitos fuera del : 当該(とうがい)el territorio : 本邦の(ほんぽうの)territorio de Japón : 本邦(ほんぽう)Japón:

Código Penal EE.UU.

Antes de que una persona arrestada por un delito grave pueda ser puesta en libertad bajo fianza, se celebrará una audiencia ante el magistrado o el juez, y se notificará al fiscal y a la víctima y se les dará una oportunidad razonable de ser escuchados sobre el asunto. Cuando un juez o magistrado conceda o deniegue la fianza o la libertad bajo fianza de una persona, las razones de esa decisión se harán constar en el expediente y se incluirán en las actas del tribunal.(4) Uso de condenas anteriores.Toda condena anterior por delito grave de cualquier persona en cualquier procedimiento penal, ya sea de adultos o de menores, se utilizará posteriormente

Código penal 211

Se observa que el apartado 2 del artículo 28 de la Ley IET no es aplicable a los casos anteriores porque el discurso de odio al que se refiere este artículo sólo puede destinarse a expresiones que contengan provocación o incitación al odio hacia las relaciones étnicas, religiosas, raciales e intergrupales realizadas con el fin de incitar al público a odiar o realizar actos anárquicos contra los grupos. El artículo 28, apartado 2, de la Ley IET no puede utilizarse en absoluto para la difamación de personas o autoridades. La acción emprendida por la policía al utilizar el artículo 28, apartado 2, de la Ley IET refleja la arbitrariedad.

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En lo que respecta al artículo 27, apartado 3, de la Ley IET, hay que recordar una vez más que, con arreglo a la Ley nº 19/2016, la revisión de la Ley IET establece que el artículo 27, apartado 3, es una forma de delito basado en una denuncia. El artículo 207 del Código Penal, de conformidad con la decisión del Tribunal Constitucional número 013-022/PUU-IV/2006, también se considera un delito absoluto basado en la denuncia, que requiere la existencia de una denuncia previa por parte de la presunta víctima. Aun así, el artículo 207 del Código Penal o el apartado 3 del artículo 27 de la Ley IET no pueden utilizarse como instrumento para proteger al Presidente Joko Widodo en su cargo de Presidente de la República de Indonesia.