Cuanto tarda en salir un juicio por impago de pension alimenticia

¿Puedo negarme a pagar la manutención del cónyuge?

Define al deudor [de la manutención de los hijos] como: un individuo, o la sucesión de un difunto, que debe o puede deber una obligación de manutención, o que es responsable en virtud de una obligación de manutención de los hijos, o que se alega, mediante declaración jurada, que es el progenitor de un hijo al que se le debe una obligación de manutención.

830 CMR 18.18A.1 Cooperación por parte de los solicitantes y receptores de asistencia pública con los esfuerzos de la División de Ejecución de la Manutención de los Hijos del Departamento de Ingresos para establecer la filiación y establecer, modificar y ejecutar las órdenes de manutención de los hijos

Para los padres que pagan o reciben la manutención de sus hijos, el DOR puede ayudarle a gestionar la información sobre la manutención de sus hijos, revisar su historial de pagos, establecer o cambiar su depósito directo y proporcionar otros servicios útiles.  Usted puede ver y hacer algunas de estas cosas ingresando al Administrador de Casos, una herramienta interactiva en línea para administrar su caso de manutención infantil.

“Antes de ir al tribunal, puede ser útil que revise el paquete de información del tribunal que va a visitar. Los paquetes de información del tribunal contienen información útil como qué llevar, qué no llevar, qué esperar, dónde ir cuando llegue, etc.”

En junio de 2019, se introdujeron cambios en dos piezas legislativas relacionadas con el derecho de familia: la Ley de Asistencia para la Ejecución de Órdenes y Acuerdos Familiares (FOAEAA) y la Ley de Embargo, Embargo y Desvío de Pensiones (GAPDA). Algunos cambios en FOAEAA y GAPDA entraron en vigor en el Royal Assent (21 de junio de 2019). Otros cambios de la GAPDA entraron en vigor en diciembre de 2020, mientras que otros cambios de la FOAEAA entrarán en vigor progresivamente en los próximos 2 años en una fecha que se determinará mediante una Orden del Consejo. Este sitio web se actualizará a medida que esos cambios entren en vigor.

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En el Estado de Nueva York, un hijo tiene derecho a ser mantenido por sus padres hasta los 21 años. Sin embargo, si el hijo es menor de 21 años, y está casado, o se mantiene a sí mismo, o está en el ejército, se considera que el hijo está “emancipado” y la obligación de manutención de los padres termina.

Cuando los padres viven separados y uno de ellos tiene la custodia del niño, ese padre, llamado “padre custodio”, puede presentar una petición ante el Tribunal de Familia solicitando al tribunal que dicte una orden para que el “padre no custodio” pague la manutención del niño.

Cuando un niño recibe prestaciones de asistencia pública, o vive en un hogar de acogida y recibe prestaciones de acogida, el Departamento de Servicios Sociales puede presentar una petición contra el padre o los padres sin la custodia solicitando que el tribunal dicte una orden para que se pague la manutención del niño a la agencia gubernamental mientras siga pagando las prestaciones para el niño.

La parte que presenta la petición se denomina “peticionario” y la parte a la que se solicita la manutención es el “demandado”. La petición debe ser notificada (entregada) al demandado, junto con una citación que indique la fecha de la audiencia judicial.